HOGAR OSVALDO VIGNAU Un ejemplo de inmenso Amor a la VIDA
EMPEZO COMO UNA DE ESAS TRAMPAS DEL CORAZON. VIERON UN PERRO ENFERMO Y LASTIMADO EN LA CALLE Y LO LLEVARON PARA CURARLO Y LIMPIARLO. PERO EL CORAZON SIGUIO HACIENDO TRAMPAS, Y HOY MIL ANIMALES CONVIVEN EN EL CAMPO QUE UN GRUPO DE CHAQUEÑOS, HACE YA MAS DE VEINTE AÑOS DESTINÓ A DARLES REFUGIO A LOS MEJORES AMIGOS DEL HOMBRE CUANDO ESTÁN EN LA MALA. EN LA TIERRA DEL YA LEGENDARIO PERRO FERNANDO.
OSVALDO VIGNAU "NO AL ABANDONO ANIMAL"
domingo, 20 de noviembre de 2011
martes, 7 de septiembre de 2010
Para alimentar a tantos animalitos,. Les estamos preparando una nutritiva polenta con todo tipo de productos que ya no sirven para el consumo humano,
En estas fotos vemos su preparación, y la continua compañía de nuestros protegidos, que gozan de una completa libertad, y nos acompañan a todos lados.
En estas fotos vemos su preparación, y la continua compañía de nuestros protegidos, que gozan de una completa libertad, y nos acompañan a todos lados.
lunes, 6 de septiembre de 2010
PROYECTOS DE LEY PROMULGADOS CON EXITO EN CHACO
Osvaldo Vignau presentó el Proyecto de Ley: Por un Municipio sin perreras, ¡Circos sin animales!, Prohibición de la Caza de Aves y Centro de Castración Gratuito.
Este proyecto fue promulgado en la modificación de la carta orgánica (constitución de la ciudad de resistencia chaco)
Estos artículos fueron aprobados en forma unánime por todos los partidos políticos.
Artículo 87.- Protección de animales. El Municipio promoverá la protección de la fauna en toda la jurisdicción municipal, no permitiendo la caza de aves y otras especies silvestres, su venta o cualquier otra forma de comercialización, salvo aquellas expresamente autorizadas. Por ordenanzas se dispondrán las multas correspondientes, el decomiso y destino de las especies y los objetos utilizados para esa actividad. Implementará acciones para evitar el maltrato de animales, su utilización, amaestrados o no, en espectáculos circenses o en funciones de cualquier naturaleza, con o sin fines económicos. Prohibirá los lugares de confinamiento y exterminio.
Artículo 88.- Suspensión. La ordenanza respectiva contemplará la suspensión expeditiva de actividades que impliquen maltratos o explotación de animales denunciados por cualquier asociación, persona pública o privada o que por cualquier medio lleguen a conocimiento de las autoridades
Artículo 89.- Esterilización. El Municipio implementará un servicio de esterilización de animales domésticos, o la aplicación de otros métodos éticos de anticoncepción para lo que podrá contar con la colaboración de asociaciones defensoras de los animales.
"HAY QUE AMAR HASTA QUE DUELA"Madre Teresa de Calcuta
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